Estos son los ganadores del proceso eleccionario del Consejo del Poder Judicial:

El Consejo del Poder Judicial es el órgano constitucional de administración y disciplina del Poder Judicial de la República Dominicana.

Sus atribuciones generales son dirigir y administrar todos los aspectos de carácter presupuestario, financiero y de gestión administrativa del Poder Judicial, así como el Sistema de Carrera Judicial y la Carrera Administrativa Judicial, conforme establece la Constitución y la Ley núm. 28-11.

Como máximo órgano disciplinario del Poder Judicial, es el responsable de determinar el nivel de responsabilidad y de aplicar las sanciones correspondientes a los jueces, juezas y demás servidores(as) judiciales, por la comisión de faltas en el ejercicio de sus funciones, con excepción de los(as) jueces y juezas de la Suprema Corte de Justicia.

El Consejo del Poder Judicial está integrado por 5 miembros: el presidente de la Suprema Corte de Justicia, quien lo preside; un(a) juez(a) de la Suprema Corte de Justicia, un(a) juez(a) de Corte de Apelación, un(a) juez(a) de Primera Instancia y un(a) juez(a) de Paz.

En este sentido, los elegidos son:


Octavia Carolina Fernández Cury (titular paz)

Leonardo Antonio Garcia Cruz (sustituto paz)

Bionni Zayas (Primera Instacia titular)

Luis Adriano Tavarez Marte (Juez de primera instancia sustituto)

Modesto Martínez (Juez de Apelación)

El Pleno de la Suprema escogió al magistrado Blas Fernández González como su representante ante el Consejo del Poder Judicial.

Los integrantes del Consejo del Poder Judicial son elegidos(as) en un proceso eleccionario en el cual, de manera simultánea, cada categoría de la judicatura, en asamblea de pares, elige a los(as) postulantes de su categoría, en votación personal y secreta.

Mediante la Resolución núm. 014-2020, que contiene el reglamento que rige el proceso eleccionario, el Comité Electoral dirige, organiza y fiscaliza las Asambleas de Pares para la elección de los jueces(zas) miembros del Consejo del Poder Judicial y sus sustitutos(as), supervisando el cumplimiento de este Reglamento, velará por la transparencia y ética del proceso, los derechos y deberes de los(as) candidatos(as) y electores.

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