TSA rechaza solicitud de medida cautelar de directores regionales y distritales contra Educación

Santo Domingo. El presidente interino del Tribunal Superior Administrativo (TSA), Diómedes Villalona, rechazó la solicitud de adopción de medida cautelar anticipada interpuesta por directores regionales y de distritos escolares contra el  Consejo Nacional de Educación,  el Ministerio de Educación (MINERD)  y  su titular Roberto Fulcar,  por  considerar que se les violentaron los derechos adquiridos en el concurso mediante el cual fueron escogidos para esas funciones, en el 2017. 

El juez estableció que la solicitud de medida cautelar no reúne los requisitos exigidos por la Ley 13-07,  como la apariencia de buen derecho y el peligro en la demora.

El juez argumentó que no existe peligro en la demora debido a que si bien los demandantes alegan una desvinculación irregular, lo que implica la suspensión en el cobro del salario percibido, ha podido establecer  en base a  los medios de pruebas depositados y  los pedimentos de las partes,  “que lo que se ha producido es un traslado de puesto, percibiendo dicho impetrante los mismos beneficios que tenía en el cargo anterior”. 

“Los impetrantes no han podido demostrar  la afectación infringida por el Ministerio de Educación (MINERD) en perjuicio, en cuanto a la preservación de los derechos de los cuales son sujetos y segundo no puede la presidencia de este tribunal establecer la forma como una persona que pueda ejercer sus funciones, máxime cuando esa persona no ha sido puesta en causa para que pueda ejercer su derecho a la defensa, por lo que considera la presidencia que, en el caso en particular no se sustenta la apariencia de buen derecho”, señaló el juez en el fallo.

La solicitud de medida cautelar fue presentada el 29 de septiembre ante el TSA, la cual fue decidida el 26 de noviembre, mediante la sentencia número 0030-01-2020.

Los directores regionales y distritales alegaron que con la  ordenanza 01-2020, emitida el 28 de septiembre por el Consejo Nacional de Educación, se pretende el desconocimiento de derechos laborales otorgados en virtud de una anterior ordenanza,  número 24-2017, dictada por ese mismo órgano, mediante la cual se reglamentó el sistema competitivo de selección y e permitió que en el 2018 se realizara dicho proceso, sentando las bases para que fueran evaluados a través de ese sistema establecido en virtud de la ley 66-97, general de educación.

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