Publicidad del Estado deberá contratarse directamente con los medios, prohibiendo el uso de agencias como intermediarias

La nueva Ley de Compras y Contrataciones Públicas (Ley 47-25) y su reglamento de aplicación establecen que la publicidad oficial del Estado deberá contratarse de manera directa con los medios y plataformas de comunicación, prohibiendo expresamente el uso de agencias publicitarias u otras formas de intermediación.

La disposición está contenida en el artículo 167 del reglamento, el cual señala que la contratación directa de publicidad solo procede cuando la orden de compra o el contrato se suscribe directamente con el medio de comunicación o la plataforma digital titular del espacio de difusión, incluyendo prensa escrita, radio, televisión, sitios web, redes sociales y plataformas de streaming.

El reglamento es explícito al indicar que no puede existir intermediación comercial, agencias o representantes que encarezcan o distorsionen los precios del servicio, reforzando así los principios de eficiencia, transparencia y uso responsable de los recursos públicos

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