
La Junta Central Electoral hizo un llamado a la prudencia, a los partidos políticos y a la ciudadanía con el fin de que den cumplimiento a las disposiciones electorales que establecen los límites y prohibiciones para las realizaciones de actos de pre-campaña y campaña electoral, ya que según la ley no han iniciado los plazos para la realización de estos eventos.
En ese orden, la Junta Central Electoral dio a conocer que el Partido de la Liberación Dominicana PLD, emitió 3 comunicados solicitando la colaboración de este órgano para la realización de eventos internos, exponiendo los fundamentos bajo los cuales se habrían de realizar cada uno.
El proceso de la consulta es una iniciativa organizativa y electoral que tiene el propósito que el partido tenga una información precisa sobre el nivel de simpatía que tienen cada uno de las personas que en un manifestado hasta el momento sus aspiraciones está actividad es solo consultiva y no constituye un proceso de elección ni de definición de precandidatos y no tendrá un carácter vinculante.
La JCE gracias a las condiciones fijadas para la celebración del indicado evento del PLD dio a conocer qué no administra, no organiza, ni es árbitro, ni supervisor del mismo, todo lo cual recae sobre la autodeterminación del referido partido político.
La citada consulta y su resultado no afectará el derecho que tienen los demás miembros del Partido de la Liberación Dominicana que no participen de la misma para manifestar posteriormente sus intenciones de aspirar. De manera que el resultado de dicho proceso no tendrá un carácter vinculante o definitivo respecto de las aspiraciones de la citada organización política la cuáles deberán ser canalizadas una vez sean abiertos los plazos legales del calendario electoral.
La Junta Central Electoral en su rol de máxima autoridad de las administraciones electoral de la República Dominicana, garantiza a la sociedad que ante las violaciones en que pudieran incurrir cualquiera de las organizaciones políticas o ciudadanos a la resolución No. 28/2021 del 13 de octubre de 2021, modificada por la resolución No. 2/2022 del 17 de enero de 2022, se aplicará el régimen de sanciones que dispone la legislación dominicana.